LO QUE NECESITAS SABER
- El dato: cerca del 60 % de las instalaciones del padrón nacional no tiene autorización de impacto ambiental vigente o actualizada.
- Por qué ahora: el PRONAGAS le puso fecha al impacto ambiental para gasolineras y el operativo de campo ya arrancó.
- La sorpresa: en impacto ambiental para gasolineras, el trámite que aplica casi siempre es el Informe Preventivo, no la MIA.
- La excepción que sí duele: si tu terreno es forestal, humedal, litoral o está en un ANP, pierdes el Informe Preventivo y también los beneficios del PRONAGAS.
- El reloj: 1,729 instalaciones se ordenarán por la vía de evaluación de impacto ambiental para gasolineras entre agosto de 2026 y abril de 2028.
Contenido de este artículo
- Impacto ambiental para gasolineras: por qué el 60 % está en falta
- Informe Preventivo o MIA: cuál te toca
- Los supuestos que te sacan del Informe Preventivo
- La trampa del PRONAGAS que casi nadie vio
- Qué lleva el expediente de impacto ambiental para gasolineras
- Los cinco errores que más prevenciones generan
- Preguntas frecuentes sobre impacto ambiental para gasolineras
Estudios técnicos · Agosto 2026
Durante años, el impacto ambiental para gasolineras fue el trámite que se hacía una vez, se archivaba y nadie volvía a mirar. Eso se acabó en agosto de 2026.
La ASEA identificó que alrededor del 60 % de las instalaciones del padrón nacional no cuenta con una autorización de impacto ambiental vigente o actualizada. Y programó 1,729 procedimientos de ordenamiento por la vía de evaluación de impacto ambiental para gasolineras y plantas de Gas LP, entre agosto de 2026 y abril de 2028.
La buena noticia es que el trámite que aplica a la mayoría es más ligero de lo que casi todos creen. La mala es que hay siete supuestos que te sacan de esa vía ligera —y quienes caen en ellos, además, quedan fuera de los beneficios del programa. En Consulting HME desarrollamos estos expedientes, así que vamos a poner el mapa completo.
⚠️ El error que sale más caro
Presentar una Manifestación de Impacto Ambiental cuando te correspondía un Informe Preventivo. Es meses de trabajo, un costo varias veces mayor y un expediente que la autoridad va a devolver. En impacto ambiental para gasolineras, elegir mal el instrumento es el error número uno.
Impacto ambiental para gasolineras: por qué el 60 % del padrón está en falta
La cifra suena a negligencia masiva, pero tiene una explicación estructural. La competencia sobre el impacto ambiental para gasolineras se movió: desde 2015, la evaluación del sector hidrocarburos la lleva la ASEA, no la SEMARNAT ni las autoridades estatales.
Muchas estaciones que abrieron antes de ese corte traen autorizaciones de impacto ambiental para gasolineras emitidas por una autoridad estatal o municipal que en su momento fue la competente. Sobre el papel tienen "su permiso ambiental". En el expediente que revisa la ASEA hoy, tienen un documento emitido por quien ya no evalúa esa materia.
A eso se suma el problema más común de todos en impacto ambiental para gasolineras: la instalación cambió y la autorización no. Se agregaron dispensarios, se sustituyeron tanques, se amplió la capacidad de almacenamiento, se modificó el layout. Cada una de esas modificaciones debió notificarse, y casi ninguna se notificó. La autorización describe una gasolinera que ya no existe.
- 1Autorización de autoridad incompetente — Emitida por estado o municipio cuando hoy la materia es federal ante la ASEA.
- 2Autorización que no corresponde a la instalación real — Ampliaciones y modificaciones nunca notificadas.
- 3Condicionantes incumplidas — La autorización existe y es vigente, pero las medidas que impuso nunca se ejecutaron ni se reportaron.
- 4Sin ningún trámite — Instalaciones que simplemente operaron sin haber presentado nunca un estudio de impacto ambiental para gasolineras.
Informe Preventivo o MIA: cuál te toca en impacto ambiental para gasolineras
Aquí está la parte que ahorra dinero, y es la peor entendida de todo el impacto ambiental para gasolineras. Por acuerdo publicado en el DOF el 17 de octubre de 2017, las estaciones de servicio de expendio al público de diésel y gasolinas presentan Informe Preventivo, no Manifestación de Impacto Ambiental, cuando se ubican en:
- ✓Áreas urbanas, suburbanas o industriales.
- ✓Zonas de equipamiento urbano o de servicios.
- ✓Autopistas, carreteras federales o estatales.
El fundamento de esta regla del impacto ambiental para gasolineras no es discrecional: el artículo 31, fracción I de la LGEEPA y el artículo 29, fracción I de su Reglamento en materia de Evaluación del Impacto Ambiental permiten sustituir la MIA por un Informe Preventivo cuando existe una Norma Oficial Mexicana que ya regula los impactos relevantes de la actividad. Para estas instalaciones, esa norma es la NOM-005-ASEA-2016.

→ Desliza para ver la tabla completa
| Instrumento | Cuándo aplica | Fundamento |
|---|---|---|
| Informe Preventivo | Estación en área urbana, suburbana, industrial, equipamiento urbano o de servicios, autopistas y carreteras federales o estatales | Art. 31 fr. I LGEEPA · Art. 29 fr. I del Reglamento en materia de EIA · NOM-005-ASEA-2016 |
| Manifestación de Impacto Ambiental | Cuando el sitio cae en alguno de los supuestos excluidos (ver sección siguiente) | Procedimiento ordinario de evaluación de impacto ambiental |
| Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales | Cuando el predio es forestal. Es un trámite adicional, no sustituye a los anteriores | Legislación forestal aplicable |
Por qué importa tanto la diferencia
El Informe Preventivo es un estudio más acotado que la MIA: menos alcance, menos tiempo, menos costo. Si te corresponde y presentas una MIA, gastaste de más sin ganar nada. Si no te corresponde y presentas un Informe Preventivo, te lo devuelven y empiezas de cero con el reloj corriendo.
Los supuestos que te sacan del Informe Preventivo
El mismo acuerdo excluye expresamente una lista de sitios. Si tu estación cae en cualquiera de estos supuestos, el Informe Preventivo no procede y el impacto ambiental para gasolineras se resuelve por la vía de la MIA.
- ✕Áreas Naturales Protegidas y sitios RAMSAR.
- ✕Terrenos forestales o que requieran cambio de uso de suelo.
- ✕Selvas y zonas áridas.
- ✕Humedales, manglares y litorales.
- ✕Hábitats críticos para especies en riesgo.
- ✕Áreas prohibidas por ordenamientos ecológicos locales.
El último punto es el que más se pasa por alto en impacto ambiental para gasolineras, porque no depende de la federación: un programa de ordenamiento ecológico municipal o estatal puede vedar el uso en tu predio aunque la zona parezca perfectamente urbana. Verificarlo es parte del análisis de sitio, no un trámite aparte.
La trampa del PRONAGAS que casi nadie vio
Aquí hay algo que conviene decir claro, porque tiene consecuencias económicas directas. El PRONAGAS —el programa que permite regularizarse con sanciones reducidas y sin medidas de seguridad— excluye las instalaciones en terrenos forestales y en áreas naturales protegidas.
Si comparas esa exclusión con la lista de supuestos que sacan del Informe Preventivo al impacto ambiental para gasolineras, la coincidencia salta: las instalaciones que quedan fuera del Informe Preventivo son, en buena medida, las mismas que quedan fuera de los beneficios del programa.
⚠️ Doble golpe
Si tu estación está en terreno forestal o dentro de un ANP: te toca MIA (el trámite más pesado), necesitas además el cambio de uso de suelo, y no puedes acogerte al PRONAGAS. Son los casos que más urgen y los que menos red de protección tienen. Si es tu situación, el tiempo corre distinto.
Para el resto —la gran mayoría, ubicada en zona urbana o sobre carretera— el panorama es mucho mejor de lo que parece: Informe Preventivo, dentro del programa, con sanciones reducidas y sin riesgo de clausura precautoria. Vale la pena confirmar en cuál de los dos grupos estás antes de que te llegue la notificación. Los calendarios por entidad ya están publicados y los desglosamos en este análisis del PRONAGAS.
¿TU AUTORIZACIÓN AMBIENTAL DESCRIBE LA GASOLINERA QUE TIENES HOY?
Resolvemos tu impacto ambiental para gasolineras de punta a punta: determinamos si te toca Informe Preventivo o MIA, medimos qué tan lejos está tu autorización de la instalación real y desarrollamos el expediente completo ante la ASEA.
Solicitar diagnóstico de sitio →Qué lleva el expediente de impacto ambiental para gasolineras
Sea Informe Preventivo o MIA, el expediente se construye sobre los mismos cimientos. Cambia la profundidad, no la naturaleza de la información.
Análisis de sitio y compatibilidad de uso de suelo
Es el primer paso de cualquier trámite de impacto ambiental para gasolineras y el que decide todo lo demás: ubicación exacta, colindancias, uso de suelo vigente, ordenamiento ecológico aplicable y verificación de que el predio no cae en ninguno de los supuestos excluidos. Este análisis es el que determina si vas por Informe Preventivo o por MIA.
Hacerlo al revés —elegir el instrumento y luego revisar el sitio— es de donde salen la mayoría de los expedientes devueltos.
Descripción del proyecto o de la instalación existente
Capacidad de almacenamiento por tanque y producto, número de dispensarios, obras civiles, servicios auxiliares, superficies y planos. Para una instalación en operación, esto debe reflejar lo que realmente hay construido hoy, no lo que decía el proyecto original.
Aquí es donde se descubren las modificaciones no notificadas, y es el punto que más pesa en el impacto ambiental para gasolineras de una estación en operación. Documentarlas es incómodo, pero ocultarlas es lo que convierte una regularización en un procedimiento sancionador.
Identificación de impactos y medidas de mitigación
Emisiones a la atmósfera, descargas, residuos, consumo de recursos, afectación al suelo y al subsuelo. Para cada impacto identificado, la medida que lo previene, mitiga o compensa, con su indicador de seguimiento.
Las medidas que propones se convierten en condicionantes de tu autorización. Proponer más de lo que puedes cumplir es crear tu propio incumplimiento a futuro.
Vinculación con el marco normativo aplicable
En impacto ambiental para gasolineras, esto significa demostrar la congruencia del proyecto con la NOM-005-ASEA-2016, los planes de desarrollo urbano, los ordenamientos ecológicos y el resto de instrumentos aplicables al predio. En el Informe Preventivo, esta vinculación es el corazón del documento: es lo que justifica que la NOM ya cubre los impactos relevantes.
Congruencia con el resto de tu expediente ASEA
La autorización ambiental no vive sola. Tiene que ser coherente con tu análisis de riesgo, tu SASISOPA y tu registro en el RENAGAS. Si tu estudio de riesgo modela una capacidad y tu autorización ambiental declara otra, la contradicción está a la vista de cualquier inspector.
Si no tienes claro qué estudio de riesgo te corresponde, lo desarrollamos en esta guía de los cuatro tipos.
Los cinco errores de impacto ambiental para gasolineras que más prevenciones generan
- 1Elegir el instrumento antes de analizar el sitio. El sitio decide el trámite, no al revés.
- 2Declarar el proyecto original y no la instalación real. La discrepancia se detecta en la primera visita.
- 3Ignorar el ordenamiento ecológico local. Una veda municipal invalida el Informe Preventivo aunque la zona sea urbana.
- 4Copiar el estudio de otra estación. No existe un impacto ambiental para gasolineras genérico: cada predio tiene colindancias, receptores y condiciones propias. Un estudio genérico se reconoce a la primera lectura.
- 5Prometer medidas que no vas a ejecutar. Se vuelven condicionantes exigibles y son la fuente número uno de incumplimientos posteriores.
Preguntas frecuentes sobre impacto ambiental para gasolineras
Mi autorización la emitió el estado. ¿Sigue sirviendo?
Consérvala: acredita el histórico de la instalación y es el punto de partida de la regularización. Pero para el impacto ambiental para gasolineras del sector hidrocarburos, la autoridad competente hoy es la ASEA. Una autorización estatal previa no equivale a una autorización federal vigente, y ese es precisamente uno de los supuestos que el PRONAGAS busca ordenar.
Mi gasolinera ya opera desde hace años. ¿También me aplica?
Sí. El procedimiento de ordenamiento por evaluación de impacto ambiental para gasolineras está dirigido justamente a instalaciones en operación: 1,729 de ellas entre agosto de 2026 y abril de 2028. Que lleves años operando no regulariza nada por prescripción.
¿El Informe Preventivo es "la versión fácil" de la MIA?
Es más acotado, no más laxo. Sigue siendo un trámite formal de impacto ambiental para gasolineras. Debe cumplir todos los requisitos del artículo 30 del Reglamento en materia de Evaluación del Impacto Ambiental y seguir la guía correspondiente. Lo que cambia es el alcance del análisis, porque la NOM-005-ASEA-2016 ya cubre los impactos relevantes de la actividad. Un Informe Preventivo mal integrado se previene igual que una MIA.
Amplié la estación sin avisar. ¿Qué hago ahora?
Documentarlo y regularizarlo por la vía que corresponda, sin desmontar nada en vísperas de una visita. Modificar la instalación para "cuadrarla" con la autorización, en lugar de actualizar la autorización, agrava el hallazgo en vez de resolverlo. El PRONAGAS existe precisamente para que estos casos se ordenen con sanciones reducidas.
¿Cuánto tarda el trámite?
En impacto ambiental para gasolineras no hay un plazo único: depende del instrumento, de la calidad del expediente y de si la autoridad emite prevenciones. Lo que sí controlas es el número de prevenciones: un expediente bien integrado desde la primera entrega es la única palanca real sobre los tiempos. La mayor parte de la demora en estos trámites la generan las respuestas a requerimientos, no la evaluación en sí.
¿Necesito además el cambio de uso de suelo?
Solo si el predio es un terreno forestal. Es un trámite adicional del impacto ambiental para gasolineras que no sustituye al Informe Preventivo ni a la MIA: se suma. Y recuerda que ese supuesto te saca también de los beneficios del PRONAGAS, así que conviene identificarlo desde el análisis de sitio.
Conclusión: el impacto ambiental para gasolineras dejó de ser un trámite de una sola vez
Durante una década, el impacto ambiental para gasolineras fue un papel que se sacaba para abrir y se guardaba en un cajón. El PRONAGAS convirtió ese papel en un requisito vivo que tiene que describir la instalación que existe hoy, emitido por la autoridad que hoy es competente.
Si estás en zona urbana o sobre carretera, la vía es más ligera de lo que temías: Informe Preventivo, dentro del programa, con sanciones reducidas. Si tu predio es forestal o está en un área natural protegida, la vía es la más pesada y además sin la red del programa. Todo el impacto ambiental para gasolineras se juega en esa bifurcación, y se resuelve con un análisis de sitio que toma días.
En Consulting HME desarrollamos los tres instrumentos de impacto ambiental para gasolineras: Informe Preventivo, Manifestación de Impacto Ambiental y Cambio de Uso de Suelo. Puedes consultar el acuerdo original en el Diario Oficial de la Federación.
La pregunta con la que empieza todo es una sola, y se responde con el plano en la mano: ¿tu autorización ambiental describe la gasolinera que tienes hoy, o la que proyectaste hace quince años?


